16 mayo 2019

Novedades en materia laboral 2019

laboral

Día tras día se firman infinidad de contratos laborales entre empleados y empresas, contratos que buscan poder regular la relación que se va a iniciar entre ambas partes. La firma de un contrato implica una serie de derechos, así como de obligaciones, para trabajador y compañía. Pero ¿cuáles son los tipos de contratos que se pueden firmar entre un empleado y una empresa? ¿Cuáles son las novedades que nos encontramos este año en cuanto a contratos se refiere? ¡Veámoslo!

Tipos de contratos de trabajo en 2019

Como bien es sabido, no existe un único tipo de contrato laboral. Existen diferentes alternativas con las que nos podemos encontrar:

  • Contratos indefinidos: En estos contratos no se establece un límite de tiempo para la prestación de servicios para la empresa para la cual se trabaja. Ofrecen gran estabilidad.

 

  • Contratos temporales: Son los contratos idóneos cuando se ha de contar con un trabajador para un trabajo concreto o cuando se necesita un empleado durante un tiempo determinado.

 

  • Contratos a tiempo parcial: Estos contratos destacan por ofrecer una gran flexibilidad. El promedio anual de horas contratadas ha de ser de 10 horas semana. El número de horas que aparecen en el contrato se podrán ampliar.

 

  • Contratos formativos: Este tipo de contratos están pensados para poder proporcionar las capacidades, habilidades y cualificación necesaria para poder llevar a cabo una profesión. Son contratos para jóvenes de menos de 25 años.

 

  • Contratos en prácticas: La clave de estos contratos se encuentra en poder facilitar la práctica profesional de los estudiantes en funcion a su nivel de estudios. La duración suele rondar entre los 6 meses y los dos años.

Principales novedades en los contratos este 2019

Ahora que ya se conocen cuáles son los tipos de contratos existentes, es interesante detenerse a conocer una de las principales novedades en materia laboral que han sufrido los contratos formativos este año 2019. Dichos contratos ahora se deberán cotizar por desempleo, un punto muy favorable para los jóvenes.

En otras palabras, todos los contratos de formación para poder llevar a cabo prácticas, tras la finalización de los estudios o bien durante los mismos, contarán con esta disposición para, de este modo, conseguir mejorar la situación de los jóvenes tras llevar a cabo este tipo de prácticas.

 

Se trata de una medida que resulta obligatoria de aplicar en todos los contratos formativos que se pacten a partir del 1 de enero de 2019. Siempre y cuando se cumplan con todos los requisitos para poder acceder a la prestación por desempleo, los estudiantes tendrán un pequeño margen para introducirse al mercado laboral y, de este modo, encontrar otro puesto laboral tras finalizar las prácticas.

 

Debe decirse que esta novedad no sólo se extiende a aquellos estudiantes que hayan realizado o estén realizando formación de tipo académica y/o universitaria, sino también a todos aquellos que estén llevando a cabo programas de casas de oficios, escuelas taller, así como talleres de empleo.

 

Si nos centramos en los contratos temporales, se ha de destacar que en el Real Decreto-ley 28/2018 queda establecido que en los contratos temporales con una duración inferior o igual a 5 días verán su cuota empresarial aumentada a un 40% por las contingencias comunes en lugar del 36% que hubo a lo largo del año 2018.

 

Ahora que conoces los tipos de contratos, así como las novedades más significativas que se han producido este año en materia de contratos, te invitamos a realizar un máster en EUDE que complemente tu formación y te prepare para tu futuro.

 

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 Iván Ruíz,

Abogado  y docente en EUDE Business School.

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