23 agosto 2018

Tipos de contratos laborales en España

contratos laborales en España

El contrato de trabajo formaliza la relación entre empresa y trabajador fijándose en el mismo las condiciones que van regir durante su relación laboral, en cuyo seno – y de forma esencial y básica- se intercambia la prestación de trabajo dependiente y por cuenta ajena a cargo del trabajador, por la prestación salarial  que corresponde al empresario.

 

De una manera sucinta, podríamos establecer que los contratos de trabajo actuales en nuestro sistema normativo se pueden dividir en Indefinidos, temporales y de duración determinada.

 

Contrato indefinido

Es la mejor opción si se busca una contratación estable y de calidad. Las bonificaciones son un importante reclamo y, aunque haya que mantener el contrato durante un período mínimo para cobrarlas, merece la pena.

Es especialmente recomendable para mejorar la imagen de la empresa y su responsabilidad social (RSE), utilizándolo para incorporar a personas en exclusión social o con alguna discapacidad, perfectamente válidas para la mayoría de los trabajos. Es una apuesta rentable porque ofrece subvenciones más altas y trabajadores muy implicados, y está muy bien vista socialmente. Podemos citar el trabajo de la Fundación Carrefour, una referencia en este sentido, pero hay muchos ejemplos de pymes con pocos trabajadores y que han visto grandes ventajas con estos empleados.

Este contrato se establece sin límites de tiempo. Puede ser a jornada completa o parcial. Existen muchas modalidades dentro de este contrato, pensadas para favorecer la situación de determinados colectivos de trabajadores con más dificultades para acceder a un trabajo.

 

Contrato temporal

(Obra o servicio; Eventual por circunstancias de la producción).

La incertidumbre sobre la economía y el comportamiento de la demanda provoca que muchas empresas vean en estos contratos la respuesta a su necesidad, por lo que, en la actualidad, el mayor número de contratos se realiza bajo estas modalidades.

Los sectores afectados por la estacionalidad son los más propensos para este contrato y, como hemos visto, es la consecuencia inevitable para muchas pymes ante la inflexibilidad de las fórmulas de contratación y despido.

En el contrato temporal se establece una relación laboral por un tiempo determinado. Podrá ser a jornada completa o parcial. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, o podrá ser verbal cuando -en la situación de eventualidad por circunstancias de la producción- la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa. Al igual que el contrato indefinido, también se puede optar por varias modalidades, en este caso según las circunstancias de la temporalidad.

 

Contrato de duración determinada – (Contrato de formación y aprendizaje, y, Contrato de Prácticas)

El contrato para la formación y el aprendizaje es una modalidad contractual destinada a aquellos trabajadores sin conocimientos que pretenden aprender un determinado oficio.

Al encomendarse al empresario la tarea de formar al trabajador- tanto teórica como profesionalmente-, resulta lógico que los costes de seguridad social a cargo del empresario  se vean muy reducidos en comparación con el resto de modalidades contractuales.

En el contrato de prácticas se busca que el trabajador – dotado ya de unos conocimientos teóricos fruto de sus estudios- puede poner en práctica los mismos, para su incorporación plena al mercado laboral.

 

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